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Trabajo Extranjero


 
 


 


Atenção para o novo prefixo dos telefones do MTE: 2031
Esplanada dos Ministérios
Bloco F - CEP: 70056-900
Brasília - DF

Telefone: (61) 2031-6000

Horário de atendimento:
segunda a sexta,
das 8:00 às 18:00





Trabajo Extranjero







Establecer directrices y orientaciones de carácter general en lo que concierne a la autorización del trabajo a extranjeros, observando los preceptos de la Ley nº 6.815/80 que define la situación jurídica del extranjero en Brasil




Información:

A partir de 01/02/2011 todos los
pedidos de autorización de trabajo a extranjeros, a ser protocolados en este Ministerio, independientemente de la resolución normativa en la que se fundamenten, deberán ser prerregistrados por los usuarios, excepto los procesos destinados al Consejo Nacional de Inmigración y los procesos oriundos del Ministerio de Justicia.

Orden de Servicio nº 01/11
La Coordinación General de Inmigración hace más claros los procedimientos de análisis de pedidos de autorización de trabajo a extranjeros con base en la RN nº 61/2004:
Haga clic aquí y vea la nueva Orden de Servicio nº 01/11.

Atención:
La CGIg simplifica documentos:
A partir de ahora los términos de repatriación, gastos médicos y lugar de ejercicio, exigidos en los pedidos de autorización de trabajo a extranjeros, pueden ser presentados en un único documento. Haga clic aquí.




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